COVID-19 - Medidas de emergencia nacional

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¡ Atent@ a las medidas de emergencia nacional !, infórmate y evita que el virus se propague. 

¿ Qué puedo y no puedo hacer durante la emergencia nacional ?

 

Durante esta emergencia es bueno estar informados sobre lo que podemos realizar y no para evitar tener inconvenientes con las autoridades.

Lo ideal es quedarnos en casa, ya que estamos en estado de excepción y emergencia nacional, pero aquí despejamos algunas de tus dudas.

 

Mira más sobre la restricción vehicular en este video: https://www.facebook.com/Portovial/videos/522200625391578/?t=6

 

A pesar del estado de excepción, ¿quién puede circular?

Hay casos extraordinarios, como emergencia médica, o alguien que debe cuidar de adultos mayores.

 

¿Cómo obtener el salvoconducto?

A partir de la 0:00 del día lunes, 23 de marzo de 2020, el salvoconducto que se encuentra en el portal www.gob.ec será el único autorizado para la excepción de la restricción a la movilidad vehicular y toque de queda establecido en el Acuerdo Ministerial N°011 – 2020, de 17 de marzo de 2020.

 

¿Puedo salir libremente con el salvoconducto?

No se usa para pasear, ni desplazarse libremente. Debe haber respeto a la instrucción de quedarse en casa.

 

¿Necesito otro documento o solo me sirve el salvoconducto?

Con el salvoconducto debe llevar un documento que le permita probar su cometido. Ejemplo, lleve la cédula del abuelo si usted cuida a ese adulto mayor. Una sola persona puede salir con ese documento. Debe demostrar que necesita desplazarse.

Constituirá salvoconducto para el personal de salud cualquiera de estos documentos: su credencial profesional, cédula, certificado de inscripción de título, o certificado del centro de salud público o privado.

 

¿Para quiénes no aplica la restricción vehicular?

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 5, del Acuerdo Ministerial N°011 – 2020, de 17 de marzo de 2020, la restricción vehicular NO APLICA para vehículos que movilicen personas que pertenezcan a los siguientes sectores: 

  • Salud de la red pública o privada. 
  • seguridad pública o privada. 
  • Servicios de emergencia y agencias de control. 
  • Sectores estratégicos. 
  • Servicios de emergencia vial. 
  • Sectores de exportación y demás cadenas logísticas. 
  • Prestadores de servicios básicos: electricidad, recolección de basura y similares. 
  • Provisión de alimentos. 
  • Provisión de medicinas. 
  • Insumos médicos y sanitarios. 
  • Industria y comercio relacionado con el cuidado y crianza de animales.
  • Medios de comunicación.
  • Sector financiero.
  • Crianza de animales.
  • Servicio consular acreditado en el país.
  • Además se incluyen los sectores de comercialización de combustibles, GLP, gas natural y telecomunicaciones.

 

¿Qué sucede con los demás sectores que necesitan movilizarse?

La emisión de salvoconductos para todos los demás sectores será de exclusiva responsabilidad de cada persona, institución, empresa, industria que requiera movilizarse.

Lo puedes obtener en el siguiente link: https://www.ministeriodegobierno.gob.ec/salvoconductos/

 

¿Puedo salir a circular en mi vehículo particular?

No se permite la circulación de vehículos particulares. Pero quienes necesiten comprar víveres o medicamentos pueden circular con la siguiente restricción:

  • Lunes, miércoles, viernes y domingo los carros cuyas placas terminen en números impares.
  • Martes, jueves y sábados podrán circular los carros con placa terminada en número par.

Las medidas anteriores de números par e impar se aplican solamente a los taxis en la ciudad de Portoviejo, el resto de vehículos particulares deberán sujetarse a las siguiente medidas:

 ¡ATENCIÓN! NUEVAS MEDIDAS


¿Quiénes pueden movilizarse?

Vehículos del área de salud o personal de salud podrán circular libremente.

 

Recordemos que el toque de queda desde este miércoles 25 de marzo empieza en todo el país desde las 14h00 hasta las 05h00, la idea es respetar el aislamiento para que todo regrese a la normalidad.

 

¡Tu apoyo es importante!

#QuedateEnCasa